Todo lo que tienes que saber sobre la Declaración de la Renta 2022

Tienes hasta el 30 de junio para presentar tu declaración de la renta. ¡Te explicamos cómo hacerlo!

03/05/2023 - 15:26 h - Adolescencia y juventud Joventut

Es habitual que este trámite genere dudas y preguntas: ¿Tengo la obligación de hacer la declaración?, desde dónde puedo hacer el trámite?, qué hago si he tenido más de un trabajo?… ¡Desde Jóvenes de Barcelona queremos dar respuesta a estas desazones y también destacamos las principales novedades que hace falta que tengas en cuenta!

Además te ofrecemos tres talleres presenciales y gratuitos, con inscripción previa, para resolver dudas generales y aprender a hacer el trámite. Aprenderás a hacer la declaración de la renta desde tu ordenador y con el apoyo de una profesional.

¡Reserva tu plaza! Podrás participar en las fechas y lugares siguientes:

  • Miércoles 17 de mayo a las 18 h a Joves del Eixample
  • Jueves 18 de mayo a las 11 h en el Centro de Información y Asesoramiento
  • Miércoles 24 de mayo a las 18 h a Jóvenes de Sant Andreu

Si no puedes asistir o quieres ampliar información, no te pierdas el directo en el canal de YouTube de Jóvenes de Barcelona. El jueves 11 de mayo a las 16 h, síguelo, te explicaremos qué pasos hay que seguir para hacer el trámite y resolveremos dudas en directo.

Por si no puedes esperar, aquí tienes la respuesta a algunas preguntas frecuentes que te ayudarán a hacer la declaración de la renta por tu cuenta:

¿Qué es la Renta y en qué consiste?

Se trata de una autoliquidación, a través de la cual comunicamos a Hacienda todos los rendimientos, ganancias y pérdidas que hemos obtenido durante un año fiscal determinado y calculamos cuál es la cantidad de dinero que tenemos que pagar en concepto del impuesto de IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, un impuesto que tenemos que pagar por las ganancias que hemos obtenido durante un año fiscal determinado).

Así, ahora en el 2023, toca hacer la declaración del IRPF, teniendo en cuenta todos los ingresos, rentas, y pérdidas desde el 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2022.

Requisitos. ¿Quién lo tiene que hacer?

No todo el mundo tiene la obligación de hacer la declaración de la renta. Generalmente, dependerá de los ingresos obtenidos a través de nuestra situación laboral.

En este sentido, hay que diferenciar, si durante el 2022 has trabajado para una misma empresa o para más de una:

  • ÚNICO PAGADOR: Si has trabajado para una misma empresa, no tendrás que hacer la declaración si no superas la cantidad de 22.000 euros sucios anuales.
  • MÁS DE UN PAGADOR: Si has trabajado para más de una empresa, tendrás que hacer la declaración si superas los 14.000 euros sucios anuales.

Si el sumatorio entre dos pagadores suma más de 14.000 euros, pero con la segunda empresa no superas los 1.500 euros sucios anuales, Hacienda aplicará el límite de los 22.000 euros. Es decir, en este caso, tampoco tendrás que hacer la declaración si no has ganado más de 22.000 euros sucios anuales en el 2022.

Tengas en cuenta que si durante el 2022 has recibido subvenciones y ayudas, como por ejemplo el Bono Alquiler Joven, el Bono Cultural, becas de estudios… Si la suma de todas las ayudas supera los 1.000 euros, tendrás que hacer la declaración obligatoriamente.

Aunque no tengas la obligación de hacerla, es conveniente que entres a la Renta Web y hagas los cálculos para ver el borrador de tu renta, ya que puede ser que el resultado de tu liquidación salga negativo y entonces te devolverá dinero.

¿Cómo se presenta la declaración de la renta?

Para hacer la declaración, Hacienda te lo pone fácil. Puedes hacerla:

  • Digitalmente: puedes presentarla a través del programa Renta Web. También tienes la opción de tramitarla a través de la aplicación delAgencia Tributaria.

Para acceder a tu declaración a través de estos canales, necesitas un certificado digital o Cl@ve PIN. Si no dispones de ninguno de estos medios de identificación, lo podrás hacer con tu número de referencia, que se consigue. con tu DNI y la casilla 505 de la anterior declaración de renta, o bien si no la hiciste, con un número de cuenta bancario a tu nombre.

  • Telefónicamente: podrás solicitar que te llamen para hacer la declaración. Es importante tener preparada toda la documentación antes de la llamada.. Del 3 de mayo al 30 de junio. Al 915 530 071 o al 91 22 33 44 (del lunes al viernes, de 9 h a 19 h).
  • Presencialmente: Podrás concertar cita previa a las oficinas de Hacienda. Del 1 de junio al 30 de junio.

Qué documentación necesitas:

La documentación que necesitas para hacer la declaración de renta variará según cada caso, no obstante, por regla general, siempre tienes que tener a punto:

  • El Documento Nacional de Identidad (DNI o NIE).
  • El libro de familia, si tienes hijos/se.
  • El Certificado de ingresos (te lo tiene que proporcionar la empresa). Si eres autónomo/a necesitarás las facturas emitidas (ingresos) y las facturas recibidas (gastos).
  • Información de las cuentas bancarias (te la facilitará tu entidad bancaria).
  • Comprobando de cobro de las subvenciones o ayudas recibidas (Bono Alquiler Joven, Bueno Cultural, becas de estudios, de transporte…).
  • Contrato de alquiler y recibos de alquiler (si vives en un piso de lloguer).*

*Et puedes deducir el precio del alquiler si cumples estos requisitos:

  • Por una parte, si tienes un contrato de alquiler prorrogado o que proviene de un contrato firmado, como máximo, el 31 de diciembre de 2014 y una base imponible que no supere los 24.107,20 euros.
  • O, por otra parte, si tienes un contrato de alquiler, sea cuál sea, la fecha, si la suma de tus bases imponibles generales y del ahorro no supera los 20.000 euros anuales y, además, te encuentras en una de estas tres situaciones:
  • Tienes 32 años o menos en la fecha de devengo del impuesto a 31 de diciembre del año fiscal (para la declaración de este año, tendrás que cumplir el requisito a 31 de diciembre de 2022).
  • Has estado en el paro durante 183 días o más durante el ejercicio.
  • Tienes un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

Consulta el listado completo de la documentación que necesitas.

Qué hacer cuando tienes un resultado positivo o negativo:

Una vez hecha la declaración, si el resultado es positivo querrá decir que te tocará pagar a Hacienda, para hacerlo tienes diversas opciones:

  • Descargarte la carta de pago que aparecerá al finalizar el trámite, y con ésta, ir a tu banco.
  • Si lo quieres, puedes pagar en dos plazos sin intereses: 60% a fecha 30 de junio y 40% en noviembre.
  • Si la cantidad es muy elevada puedes fraccionar el pago hasta 12 meses.

Si el resultado es negativo, querrá decir que te devuelven dinero. Así pues, te pedirán un número de cuenta bancario donde poder hacerte el ingreso. Ten en cuenta, sin embargo, que no será inmediato. En caso de ser autónomo/al periodo de devolución se puede alargar hasta finales de diciembre.

Plazo para presentar la Renta:

Este año, el plazo para hacer la declaración de la renta finaliza el 30 de junio de 2023.

Si te sale a pagar y quieres que Hacienda te saque directamente el dinero de tu cuenta, la tendrás que presentar, como máximo antes del 27 de junio de 2023.

Si todavía tienes dudas o necesitas más información:

Todos los detalles sobre la declaración los puedes consultar en la web de la Agencia Tributaria o llamando en los teléfonos de información 901 335 533 o al 915 548 770 (del lunes al viernes, de 9.00 a 19.00 horas).

Si ves con ánimos de hacer el trámite por tu cuenta, recuerda que para resolver dudas tarros inscribirte en alguno de los talleres gratuitos que ofrecemos a Jóvenes de Barcelona, y seguir el videotutorial que emitimos en directo en YouTube.