Si naciste en el 2007, ya puedes pedir los 400 € del Bono Cultural Joven

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16/06/2025 - 15:40 h - Adolescencia y juventud

Si durante el 2025 cumples o has cumplido 18 años ya puedes solicitar el Bono Cultural Joven, una ayuda de 400 € pensada para impulsar el consumo y la participación en actividades culturales.

¿Quién puede pedirlo?

Jóvenes que hayan nacido en el 2007 y tengan nacionalidad española, residencia legal en España, estén en trámite de solicitud de asilo, sean desplazados temporales o extutelados.

¿Cómo se puede solicitar?

La solicitud se hace exclusivamente en línea a través de la web del Bono Cultural Joven. Es necesario que te identifiques con un sistema digital como Cl@ve o certificado digital.

Tienes dos opciones para hacer la solicitud: personalmente o a través de un representante adulto (por ejemplo, un padre, madre o tutor legal). Tienes tiempo hasta el 31 de octubre del 2025.

¿Cómo funciona?

Una vez aprobada la solicitud, recibirás una tarjeta de prepago virtual a tu móvil, personal e intransferible. Si tu móvil no es compatible, puedes pedir una tarjeta física.

Tendrás 12 meses para gastar los 400 €, en empresas y entidades adheridas al programa, divididos de la siguiente manera:

  • 200 € para artes en vivo, patrimonio cultural y artes audiovisuales: entradas y abonos para artes escénicas, música en directo, cine, museos, bibliotecas, exposiciones, festivales escénicos, literarios, musicales o audiovisuales.
  • 100 € para comprar productos culturales en formato físico: libros, revistas, periódicos, videojuegos, partituras, discos…
  • 100 € para consumo digital o en línea: suscripciones y alquileres en plataformas de música, lectura o audiolibros, contenido audiovisual, compra de audiolibros y libros digitales (ebooks), suscripciones de podcasts, videojuegos en línea y suscripciones digitales en diarios, revistas u otras publicaciones.

¡Ep!

  • No puedes superar el gasto en cada uno de los bloques y no podrás transferir cantidades del uno al otro.
  • Siempre guarda el ticket de compra o comprobante digital. Lo tendrás que subir a la app del programa como justificante.
  • Si el precio del producto o servicio es superior al saldo disponible, puedes pagar la diferencia con otra forma de pago (si el comercio lo permite).
  • ¿Tendrás que hacer la declaración de la renta para declarar el Bono? Depende de los ingresos que hayas tenido durante el 2025:
    – Si has cobrado más de 22.000 € de un solo pagador, tendrás que presentar la declaración de la renta y declarar el bono como ganancia patrimonial.
    – Si has tenido más de un pagador y has cobrado más de 14.000 €, tienes que hacer la declaración (también del Bono). Si los pagadores secundarios te han pagado menos de 1.500 €, sin embargo, el límite sube a 22.000 € y no hay que hacer el trámite.
    – Si estás por debajo de estos límites, no habrá que presentar declaración y, por lo tanto, tampoco declarar el Bono.